martes, 18 de septiembre de 2018

Guía para maestros cerveceros: Leyes, Normativas y Reglamentos para la producción cervecera (Parte 1)

¡Saludos a mis estimados lectores! Bienvenidos a un artículo más.

Antes de comenzar, muchas gracias a todos los que participaron en la encuesta para elegir la temática del artículo. De verdad, sois muy grandes al haber invertido unos minutos en escoger contenidos de calidad para este blog.

Y dicho lo anterior, hoy tocaremos las diferentes leyes, normativas y reglamentos a seguir en la producción de cerveza. Como dato introductorio, diré que aquí solamente se verá la legislación europea; pero no descarto realizar una segunda parte en caso de hacerme con legislación no europea.

Además, esta mini-guía se realizará no es una, sino en 2 partes. Los motivos serán explicados al final del artículo, junto con un adelanto de los temas que se darán en la segunda parte.

Dicho lo anterior, ¿Estás preparado? ¡Vamos a entrar en materia!

Consideraciones iniciales

En primer lugar, debo aclarar que este artículo sirve como guía legal tanto para jombrigüers e ingenieros que deban asesorar a compañías cerveceras ya existentes.

Sabiendo esto, lo siguiente a comentar sería las diferencias existentes entre reglamentos y normativas. Desde la perspectiva de un jurista, existen 5 diferencias clave (las cuales dejo en este link); pero a la hora de la verdad solo importa esta diferencia:

  • Toda norma y normativa consisten en pautas morales y directrices que rigen el comportamiento de un grupo, que llegado el caso pueden no ser aplicables. Es decir, que la norma y las normativas NO son de obligado cumplimiento.
  • Toda regla y reglamento indica qué se prohíbe y qué está permitido por la ley, es decir, que la regla y los reglamentos son de cumplimiento OBLIGATORIO.

Después de saber esto, el tercer punto a destacar es que la legislación vista en este artículo es la española; si bien está es fácilmente extrapolable a la legalidad europea. Además, una de las leyes que se verán aquí no es española, sino directamente europea.  

Por último, pero no por ello menos importante; toca detallar los contenidos de cada apartado. Para facilitar las cosas, toda ley y decreto tendrá un link de descarga más un resumen técnico de 3 o 4 párrafos.

Y dicho lo cual, vamos a ver las leyes existentes.

Ley de Pureza Alemana (1516)




Creo que todo el mundo esperaba leer esta ley aquí, así que seamos lo más breve posible.

Esta ley, conocida también como Reinheitsgebot, fue promulgada por Guillermo IV de Baviera el 23 de abril del 1516. En ella, se establecía que la cerveza solo podía tener 3 ingredientes:

  • Agua.
  • Malta de cebada.
  • Lúpulo.

Hay que destacar que la levadura no se contempla ya que esta no se descubrió hasta 1880 por mano de Luis Pasteur. Como información adicional, puedes descargar el Quiz cervecero de BlackLab Barcelona; cuyo enlace se muestra aquí:

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Quiz Cervecero BlackLab Barcelona (en Castellano)

Resumida la Reinheitsgebot, imagino que querrás saber qué tipo de ley es. Personalmente, creo que esta ley es una regla con mucho vacíos legales porque no contempla estilos como las cervezas de trigo y centeno, ningún estilo Lambic, etcétera. Además, dicha ley está obsoleta desde 1986.

En consecuencia, la única validez que tiene esta ley ahora mismo es puramente cultural, ya que esta es la ley más antigua en lo que a la cerveza se refiere. Y dicho esto, continuamos.

Reglamento aplicado directamente a la cerveza




Es a partir de este punto en donde contemplamos la legislación cervecera actual. Y no hay mejor inicio que revisar el reglamento que regula la producción de cerveza.

Este reglamento, más conocido como Real Decreto RD 53/1995 (20 de enero), es el que se aplica directamente al elaborar cerveza. Antes de nada, os dejo un link de descarga aquí abajo:

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Real Decreto RD 53/1995, 20 de enero (versión PDF actualizada)

Ahora que tienes este reglamento a mano, procedo a facilitarte su lectura. Este decreto consta de 16 puntos, los cuales giran entorno a las siguientes temáticas:

  • Definir qué se entiende por cerveza y malta líquida a efectos legales.
  • Detallar las normas de elaboración, circulación y comercio de la cerveza y la malta líquida, así como sus ordenaciones jurídicas. Esto se aplica para toda  persona natural o jurídica (empresa) que se dedique a la producción, distribución, y comercio de cualquiera de los productos citados; así como a exportadores y comerciantes de estos 2 productos.
  • Define las responsabilidades de productores, exportadores, y comerciantes; así como las posibles sanciones que se puedan exponer en el caso de infringir esta normativa.

Antes de continuar con la siguiente normativa, quisiera dar un inciso: mientras yo estaba redactando mi Trabajo Final de Grado, yo consideraba este decreto como una normativa. Ahora, ya no lo considero como tal sino que fijándome bien me di cuenta que este decreto es un reglamento con tante y sonante. Hecho el inciso, continuamos.

Impuestos que gravan la cerveza

Una vez visto la normativa directa de elaboración, pasemos a ver el tema de impuestos. De entrada, al tratarse de una bebida espirituosa, es de suponer que esta bebida se rige por la Ley de Impuestos Especiales, también conocida como Ley 38/1992 (28 de diciembre).

Esta ley indica que el impuesto de esta bebida, al igual que pasa con el vino y los licores, se basa en el impuesto de consumo de productos especiales más el IVA. Para más información, os dejo el link aquí abajo (Nota: para facilitaros la lectura, os dejo una versión recortada con los capítulos originales 1, 2 y 3; así como las disposiciones pertinentes):

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Adaptación cervecera de la Ley de Impuestos Especiales, 38/1992 (28 de diciembre)

Vista la Ley de Impuestos Especiales, muchos pensarán que es suficiente. Nada más lejos de la realidad, ya que aún quedan un par de leyes a contemplar, las cuales veremos a continuación:

  • El primero sería el Real Decreto RD 1739/2003 (19 de diciembre), cuyo reglamento establece las condiciones detalladas para aplicar la Ley 38/192. Podéis ir al contenido de este decreto mediante este enlace que va directo al BOE:
Real Decreto 1739/2003 (19 de diciembre), el cual modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales (Fuente: BOE)
  • El segundo punto es la Ley General de Presupuestos del Estado, la cual actualiza todo Real Decreto que fije las condiciones para aplicar la Ley 38/1992. Como esta Ley tiende una validación anual, lo mejor sería que consultéis directamente el Boletín Oficial del estado mediante este link:
Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Normas y Reglas de envasado




Una vez producida lo que se conoce como cerveza verde (cerveza sin gas), el siguiente paso en el proceso sería el envasado, ya sea en latas, botellas o barriles. Sabiendo esto, los sistemas de envasado se rigen mediante las siguientes normas y reglas:

  • Características de las botellas como recipientes: dichas características las fija el Real Decreto RD 703/1988 (1 de julio). Dicho decreto consta de 4 artículos y 2 anexos, los cuales precisan las características de las botellas de vidrio y similares, cuyo tamaño va de 0,05L a 0,5L.
Además, el documento también presenta las leyes matemáticas que permitan una correcta medida de éstas. Podéis encontrar un link de descarga aquí abajo:
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Real Decreto RD 703/1988 (1 de julio) 
  • Contenido Efectivo: el contenido de los envases es supervisado por el Real Decreto RD 1801/2008 (3 de noviembre). Dicho Decreto consta de 16 puntos y 2 anexos, los cuales pretenden establecer:
    • Normas relativas a las cantidades nominales para productos introducidos en envases.
    • Los errores máximos permitidos de llenado.
    • El control estadístico del contenido.
    • Las responsabilidades de las personas, sean físicas o jurídicas, con respecto al envasado de los productos.  
Y como siempre, aquí abajo os dejo el link de descarga:
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Real Decreto RD 1801/2008 (3 de noviembre)
  • Consideración en cuanto a las botellas se vuelvan residuo: En este caso, pasa algo muy curioso. Y es que en vez de ser un documento legal lo que regula este aspecto, son en verdad 2: el primero sería la Ley 11/1997 (24 de abril), y el segundo sería el Real Decreto 782/1998 (30 de abril). La Ley 11/1997 se puede resumir en los siguientes puntos:
    • Prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases y definir la gestión de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida.
    • Establecer medidas destinadas a la prevención de la producción de residuos de envases y  a la reutilización, revalorización y reciclado de los envases; a fin de evitar o reducir su eliminación.
Luego, si nos vamos al Real Decreto, nos encontramos que los temas principales del decreto son los siguientes:
    •  El primero es que este RD sirve como reglamento de aplicación de la Ley 11/1997, comentada previamente.
    • Definir los conceptos siguientes: Envase, Envase de venta o envase primario, Envase colectivo o envase secundario y Envase de transporte o envase terciario.
    • Establecer qué es un plan empresarial de prevención de residuos de envases, cuando se debe elaborar y cómo se debe realizar.
    • Definir las obligaciones y requisitos a cumplir de los envases convertidos en residuo, así como incentivar el reciclaje de envases si es posible.
    • Detallar las normas a seguir para envases muy específicos.
Dicho lo anterior, os dejo con un pdf de descarga de ambos documentos legales:
Ley 11/1997, 24 de abril (Fuente: Boletín Oficial del Estado)
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Real Decreto RD 782/1998 (30 de abril)
Expuestos los documentos enteros, doy por acabada la primera parte de esta guía. Por si alguien me lo pregunta, decidí dividir esta guía en 2 partes debido a estas 2 razones:

  • Mientras escribía el artículo, me dí cuenta que este en concreto se hacía cada vez más extenso, demasiado para mi gusto. Y esto tiene el problema de imposibilitaros una fácil y correcta lectura de cómo elaborar cerveza a nivel legal, el cual es el motivo de esta mini-guía. 
  • Cuando llevas tiempo escribiendo en un blog, te das cuenta del tiempo y la energía que posee un blogger para poder escribir sin perder la motivación. En mi caso, puedo escribir sin ningún tipo de problema durante 5-7 días, pero a partir de ahí cada vez me cuesta más y más escribir. 
En consecuencia, más el hecho de que ustedes sois lo más importante para el blog, lo mejor será dividir este artículo en 2 partes. Así hago de esta guía una lectura amena, sencilla y, en cierto punto, intentar que el lector finalice la lectura con una sonrisa de oreja a oreja.  

Teniendo en cuenta lo anterior, os adelanto que los temas que se verán en la segunda parte serán los siguientes:

  • Reglamento de etiquetaje.
  • Normativa medioambiental (IPPC).
  • Seguridad e Higiene.
  • Reglamentos y normativas de construcción, instalación y puesta en marcha de micro-cervecerías.
Y con esto, me gustaría despedirme no sin antes agradeceros de corazón el haber podido leer este artículo, así como el haber descargado las diferentes legislaciones comentadas aquí. De verdad, muchas gracias por vuestra lectura, y nos vemos en el siguiente artículo ¡Hasta pronto!


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